¿Cuánto tarda la ley de la segunda oportunidad?

Una de las preguntas que tiene toda persona a la hora de solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad (LSO) es el tiempo que va a tardar en conseguir la resolución de exoneración de sus deudas. Por eso mismo, vamos a contarte todo lo que tienes que saber sobre la duración del procedimiento, ya seas particular o autónomo.

La LSO para los particulares y autónomos

Todos los autónomos, así como personas físicas no empresarias en situación de insolvencia, pueden acogerse a la LSO y así poder cancelar sus deudas. ¿Cómo es el proceso para los autónomos y para las personas físicas? Te lo contamos: 

  • El primer paso que deberás realizar es rellenar un formulario normalizado que refleje tu situación patrimonial actual, el cual te ayudaremos a cumplimentar de manera adecuada. Esto será igual tanto para autónomos como para personas físicas.  
  • Después de registrarse la solicitud, se nombrará un mediador concursal que nos acompañará durante todo el proceso. En el caso de los autónomos la solicitud se registrará en el registro mercantil o en la cámara de comercio, y en el caso de las personas físicas no empresarias se registrará en una de las notarías de su localidad.
  • El mediador concursal velará en todo momento por los intereses del procedimiento y se encargará de reunirse con nosotros y los acreedores partes para intentar llegar a un acuerdo. Este paso será tanto igual para autónomos como para personas físicas no empresarias.
  • El mediador concursal velará en todo momento por los intereses del procedimiento y se encargará de reunirse con nosotros y los acreedores partes para intentar llegar a un acuerdo. Este paso será tanto igual para autónomos como para personas físicas no empresarias.
  • Si no se consigue llegar a un acuerdo, tendrá lugar la fase de concurso de acreedores. En el caso de los autónomos, ésta se desarrollará en el Juzgado de lo Mercantil del domicilio del deudor, y en el caso de las personas físicas no empresarias se desarrollará en el Juzgado de Primera Instancia de su domicilio. En el concurso se procederá a la liquidación del patrimonio del deudor, donde en algunas situaciones cabe la conservación de algunos bienes como la vivienda habitual o los bienes necesarios para el desarrollo de la actividad profesional, y posteriormente, si no se ha conseguido saldar el pasivo, se concederá la exoneración del pasivo insatisfecho.

Ahora que conoces todos los pasos, puedes hacerte la idea de que no se trata de un procedimiento en el que se obtenga un resultado inmediato, sino que se trata de un procedimiento que puede llegar a durar aproximadamente entre uno y dos años y que conlleva unos grandes beneficios para la persona que se acoge a él. En el caso de los autónomos el procedimiento suele ser más breve, ya que los Juzgados de lo Mercantil están especializados en concursos de acreedores.

¿Tienes alguna duda? En LIBER DEBIT contamos con un equipo de especialistas que estará encantado de contestar cualquier pregunta que tengas. ¡LLÁMANOS!


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